El Supremo de EEUU frena los aranceles de Trump
El Alto Tribunal del país limita el poder del presidente para imponer tasas y redefine el alcance de las emergencias económicas
Qué supone para España el fallo del Supremo de EEUU que limita los aranceles de Trump
El Tribunal Supremo de Estados Unidos frena los aranceles impuestos por el presidente Donald Trump a la mayoría de sus socios comerciales.
El Alto Tribunal dictamina que la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA) no autoriza al presidente a imponer aranceles, invalidando así una de las herramientas centrales que la Administración Trump había utilizado para reconfigurar la política comercial estadounidense.
La decisión, conocida este viernes, supone un giro de gran relevancia para la economía global y para el equilibrio institucional entre el Congreso y la Casa Blanca.
Con una mayoría clara de 6-3, el Supremo dominado por conservadores le sirvió al republicano uno de los primeros grandes reveses de su segundo mandato, un giro en la tendencia hasta ahora favorable al mandatario en otros temas clave de su agenda.
Las voces del disenso fueron las de los jueces Samuel Alito, Clarence Thomas y Brett Kavanaugh, los magistrados más conservadores del Supremo. En su opinión, no se debe limitar al presidente en estas cuestiones pues consideran que la IEEPA puede usarse en temas de política exterior, lo cual aplica en este caso.
Un fallo con implicaciones económicas globales
Los aranceles anulados formaban parte de una estrategia más amplia con la que el presidente Trump buscaba presionar a socios comerciales y reordenar las cadenas de suministro. Las medidas afectaban a sectores tan diversos como la automoción, la electrónica, la agricultura o los bienes de consumo, y habían generado tensiones con Canadá, México, China y la Unión Europea.
El Tribunal recuerda que un arancel es, en esencia, un impuesto sobre las importaciones, y que la Constitución reserva al Congreso la potestad exclusiva de “poner y recaudar impuestos, derechos e imposiciones”. En el fallo se subraya que “IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles”, y que aceptar la interpretación del Gobierno equivaldría a permitir que el Ejecutivo pudiera rediseñar la política comercial del país mediante la simple declaración de una emergencia nacional.
El origen del litigio: dos emergencias y una expansión inédita del poder presidencial
El caso se remonta a 2025, cuando el presidente Trump declaró dos emergencias nacionales: una vinculada al tráfico internacional de drogas y otra a los “grandes y persistentes déficits comerciales”.
Amparándose en IEEPA, impuso aranceles del 10% al 25% sobre importaciones de Canadá, México y China, y posteriormente extendió la medida a prácticamente todos los socios comerciales, con incrementos sucesivos que llevaron algunos gravámenes por encima del 100%.
El Supremo destaca que, en casi medio siglo de vigencia de IEEPA, ningún presidente había interpretado la ley como una autorización para fijar aranceles, lo que refuerza la lectura restrictiva del texto legal.
Además, recuerda que cuando el Congreso ha querido delegar poderes arancelarios en el Ejecutivo (como en la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962) lo ha hecho de forma explícita y con límites claros.
Un mensaje institucional: las emergencias no son un atajo
El fallo tiene también una dimensión institucional. El Tribunal advierte que permitir al presidente imponer aranceles sin límites de alcance, cuantía o duración supondría una delegación excesiva de un poder que la Constitución reserva al Legislativo.
La sentencia se inscribe en una línea jurisprudencial reciente, conocida como la “doctrina de las cuestiones de gran importancia” (major questions doctrine), que exige una autorización clara del Congreso cuando el Ejecutivo pretende adoptar medidas de gran impacto económico o político.
En este caso, el Tribunal concluye que la interpretación del Gobierno habría transformado IEEPA en una herramienta para rediseñar la política comercial del país sin supervisión legislativa. Como recoge la opinión mayoritaria, aceptar esa lectura equivaldría a permitir que el Congreso empeñara una de sus competencias esenciales sin decirlo explícitamente.
Repercusiones para la política comercial y para la Casa Blanca
La sentencia obliga a la Administración a replantear su estrategia comercial. Cualquier intento de reintroducir aranceles generalizados deberá pasar ahora por el Congreso, donde las mayorías son más volátiles y las posiciones sobre comercio internacional están profundamente divididas.
Para los mercados, el fallo aporta cierta previsibilidad: limita la posibilidad de que futuras administraciones utilicen las emergencias nacionales como vía rápida para imponer barreras comerciales. Para los socios internacionales, supone una señal de que la política comercial estadounidense vuelve a estar más anclada en procesos legislativos y menos expuesta a decisiones unilaterales.
Un precedente que trasciende el comercio
Aunque el caso gira en torno a los aranceles, su impacto puede extenderse a otros ámbitos en los que los presidentes han recurrido a declaraciones de emergencia para adoptar medidas económicas de gran alcance.
El Tribunal no cuestiona la constitucionalidad general de IEEPA, pero sí deja claro que las emergencias no pueden servir para ejercer poderes que la Constitución asigna a otra rama del Gobierno.
En un contexto global marcado por tensiones geopolíticas, reconfiguración de cadenas de suministro y debates sobre proteccionismo, la sentencia redefine los límites del poder económico presidencial y devuelve al Congreso un papel central en la política comercial de Estados Unidos.
Qué pasará ahora
Esta decisión en contra de los poderes de Trump para declarar aranceles no impide que el republicano imponga gravámenes bajo otras leyes.
Funcionarios de la Administración ya han dicho que esperan mantener el marco arancelario del presidente con otros basamentos legales, aunque no está claro si aquellos importadores que han pagado por los altos aranceles impuestos por la Administración podrán solicitar y recibir reembolsos, equivalentes a varios miles de millones de dólares.
Trump ha insistido en que sería "muy decepcionante" que el Tribunal Supremo considerara ilegal la implementación de gran parte de los aranceles, que según él, son la clave del éxito económico que está cosechando su Administración y para presionar en materia de política exterior a otras naciones. También ha reconocido que sería "prácticamente imposible" devolver los cantidades cobradas a los importadores.
El pasado agosto, tras una demanda de dos pequeñas empresas importadoras, una corte de apelaciones del Circuito Federal estimó que Trump no tenía derecho a imponer los llamados "aranceles recíprocos", que oscilan entre el 50% que pagan Brasil y la India y la base mínima del 10% que soportan el Reino Unido o la mayoría de países de Latinoamérica.
El tribunal estimó que tampoco tenía autoridad para implementar el gravamen del 25% impuesto a algunos productos de Canadá, China y México por lo que, Washington considera, esfuerzos insuficientes para frenar la entrada de fentanilo a EEUU.
Sin embargo, evitó congelar la aplicación de aranceles para dar tiempo a que el Gobierno Federal llevara la causa al Supremo.
El efecto de los aranceles en Andalucía
Los aranceles del 10% (desde abril) y del 15% (desde agosto) de EEUU han lastrado los envíos andaluces a aquel país. En su conjunto, las ventas se han reducido un 17%, hasta 2.607 millones, en gran medida por los menores precios de combustibles y aceite de oliva, pero no solo. Sin estos dos productos (que son claves en las ventas al país norteamericano) las exportaciones descienden un 12,2%.
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