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Monopolio, autoridades independientes y poder democrático
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La OPA hostil lanzada por el BBVA al Banco de Sabadell ha sido aprobada por las autoridades de defensa de la competencia, tanto españolas como europeas, con distintos matices. El Gobierno de la nación ha estudiado una serie de medidas, en las que establecería condiciones extraordinarias a las ya señaladas por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia. Estos requisitos podrían tal vez hacer finalmente inviable la oferta pública de adquisición.
Al hilo de este asunto, conviene una reflexión de fondo sobre el papel de las autoridades de defensa de la competencia. Se suman a otras de mayor significado, calificadas de independientes, como los Bancos Centrales. Se las considera independientes porque tienen la capacidad de establecer con autonomía regulaciones de la economía. Actúan desde una perspectiva de bondad técnica, al margen de gobiernos y parlamentos, cuyas decisiones suelen tener elementos de coyunturalidad.
La génesis del Derecho antimonopolio se sitúa en Estados Unidos como en Europa, en los valores políticos de la democracia liberal. En una sociedad democrática, el derecho antimonopolio ayuda a establecer límites claros: uno que previene el surgimiento de poderes privados no legitimados y otro que evita que el poder público legítimo se vuelva ilegítimo. Por tanto, el derecho antimonopolio es esencial para garantizar que las libertades individuales y el equilibrio democrático no sean vulnerados por concentraciones de poder económico.
La ejecución se ha encargado a autoridades autónomas de los gobiernos, que deben escapar al oportunismo político, desde una superior sabiduría técnica de lo que globalmente conviene al conjunto de la economía. Este modelo implica una tensión entre la legitimación democrática, que proviene del Estado, y la técnica, que se basa en la capacidad de estas autoridades para determinar lo que es científicamente correcto en materia económica. Eso genera un debate sobre si es adecuado que órganos no directamente legitimados democráticamente tengan el poder de establecer políticas económicas fundamentales. Hay un dilema entre espacios libres de control gubernamental y un pensamiento tecnocrático que despolitiza la Administración.
Aunque se argumenta que estas entidades garantizan neutralidad y especialización técnica, también se señala que la neutralidad es un mito, ya que estas organizaciones están expuestas a influencias externas y no pueden ser completamente independientes. La neutralidad se presenta como una reacción frente a la politización de la Administración y el nepotismo de los partidos.
El avance de las administraciones independientes refleja una tendencia hacia la legitimación tecnocrática frente a la democrática. Se busca despolitizar ciertas funciones administrativas, confiándolas a expertos en lugar de políticos. Este enfoque, aunque responde a problemas como el desprestigio de la política, puede desnaturalizar la democracia al sustraer ámbitos de decisión a la voluntad popular. Especialmente cuando se promueve la idea de que los especialistas, considerados más eficaces, deben gestionar ciertas áreas del poder público, lo que lleva a una despolitización de lo público y a un discurso antipartidista que critica a los políticos por su supuesta incapacidad y demagogia electoralista.
Sin embargo, esta legitimidad basada en la eficacia, típica de la era tecnológica, corre el riesgo de adoptar valores propios de un despotismo ilustrado bajo la apariencia de compatibilidad con la democracia. Las autoridades independientes, aunque seguramente muy útiles instrumentalmente en un mundo cada vez más complejo, deben ser vistas como generadoras desde su autonomía de soluciones que coadyuven a la toma de decisiones de los poderes legitimados democráticamente. La verdadera solución radica en fortalecer y renovar el sistema democrático representativo, apostando por más y mejor democracia en lugar de abrazar legitimidades alternativas.
Podemos hablar de una versión americana y otra europea del derecho de la competencia. Desde una perspectiva general, se puede decir que el derecho antimonopolio en Estados Unidos tiende a enfocarse más en proteger la competencia como un medio para beneficiar a los consumidores, priorizando eficiencia económica y precios bajos. En cambio, en Europa, el enfoque suele incluir la protección de la estructura del mercado y la prevención de abusos de posición dominante, con un énfasis en la equidad y el impacto en los competidores. De esto nos ocuparemos mañana.
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