Tribuna Económica
Fernando Faces
El coste económico de una legislatura agónica
Madrid/La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente la sanción de 413 millones de euros impuesta en julio de 2024 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la más alta de su historia, a la plataforma holandesa de reservas hoteleras online Booking por imponer a los hoteles precios de venta nunca inferiores a los de su web.
La empresa recurrió en octubre pasado la sanción, que ahora la Audiencia Nacional, en un auto fechado a finales del pasado mes de febrero, ha dejado en suspenso hasta que se resuelva el recurso presentado.
Fuentes de la empresa han señalado su satisfacción con la suspensión de la multa hasta que se resuelva el recurso, ya que no comparten la decisión inicial de la CNMC que en su opinión aafecta tanto en las empresas colaboradoras como en los consumidores.
La CNMC consideró que Booking abusó de su posición de dominio, al menos desde enero de 2019, y que sus cláusulas suponen un "desequilibrio inequitativo" en la relación comercial con los hoteles situados en España.
En concreto, se refería a una cláusula de precios que impide a los hoteles ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio de la plataforma sancionada, que, además, se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio de los establecimientos a través de la web o aplicación de Booking.
Además, Competencia entendió que, al posicionar mejor a los hoteles con más reservas en Booking.com, ha impedido a otras agencias en línea entrar en el mercado o expandirse.
La cuota de Booking en España ha oscilado durante el periodo investigado entre el 70% y el 90%.
La sanción fue el resultado de una denuncia de 2021 de la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM) por abusar de su posición de dominio.
Gracias a esta investigación, Booking ya eliminó la cláusula que impedía a los hoteleros determinar sus tarifas y quitó también la obligación de acudir a los tribunales neerlandeses en caso de litigio, que ahora se pueden sustanciar ante la justicia española.
En concreto, la multa de la CNMC se divide en dos infracciones de 206,6 millones de euros cada una. Una corresponde a la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España, mientras que la otra está relacionada con la restricción de competencia de otras agencias de viajes online.
Entre estas condiciones destaca una cláusula de precios que "impide ofertar sus habitaciones en sus propias webs por debajo del precio que ofertan en Booking.com, a la vez que la compañía se reserva el derecho a rebajar unilateralmente el precio que los hoteles ofertan a través de su web o aplicación".
A ello se suma la falta de transparencia en la información sobre el impacto y rentabilidad de suscribirse a los programas Preferente, Preferente Plus y Genius. Estos programas permiten a los hoteles que los suscriban mejorar su posicionamiento en la clasificación predeterminada de resultados de Booking.com.
El mismo día en el que recibió la noticia, la compañía confirmó en un comunicado que su compromiso con España "sigue intacto", aunque nuevamente mostró su "decepción" con las conclusiones finales de la CNMC.
Por ello, ya avanzó que recurriría la multa con la intención de "seguir los canales legales pertinentes" para apelar "esta decisión sin precedentes".
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