La Audiencia de Sevilla exonera de forma definitiva a Felipe Benjumea en la causa del AVE Meca-Medina
El tribunal confirma que no hubo manipulación contable en los proyectos ferroviarios y declara firme el sobreseimiento tras siete años de investigación
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla cierra de manera definitiva la causa abierta para esclarecer si Abengoa falseó las cuentas en los proyectos del AVE Meca-Medina en Arabia Saudí. El auto, dictado el 25 de noviembre de 2025, desestima el recurso de apelación de la Asociación de Perjudicados de Abengoa y confirma el archivo acordado por el Juzgado de Instrucción nº 3 en julio de 2023, ratificado en febrero de 2024. La resolución es firme y no cabe recurso alguno.
La investigación se prolongó durante más de siete años y llegó a implicar a antiguos directivos de la compañía, incluido el ex presidente ejecutivo Felipe Benjumea, así como responsables de Inabensa y otras filiales.
La causa se inició en 2018 tras una querella que denunciaba supuestas irregularidades contables en varios frentes: la instalación de cableado y subestaciones del AVE Meca-Medina, la construcción de edificios técnicos y la emisión de facturas por la filial NICSA, además de operaciones triangulares con La Farga e Inabensa Turquía.
Durante la instrucción se practicaron testificales y se incorporaron dos informes periciales: uno elaborado por KPMG para la acusación y otro judicial encargado a Auren Auditores.
El peso de la pericial judicial
El informe de Auren, elaborado con toda la documentación contable y bajo juramento, resultó decisivo frente al de KPMG, que se consideró “sesgado” e incompleto por basarse en una investigación interna no finalizada y sin acceso a la información esencial. La pericial judicial concluye que:
No hay indicios de criminalidad. No se detectaron manipulaciones en costes, márgenes, cash flow ni provisiones. Las dos facturas de NICSA por seis millones de euros y la operación triangular con La Farga se realizaron por razones estratégicas de grupo y no tuvieron impacto económico, al eliminarse en la consolidación. Tampoco se aprecia fraude contable sistémico ni incumplimiento relevante de las normas internacionales de contabilidad.
El informe de KPMG, desacreditado por la Audiencia
El informe de KPMG, pieza clave en la estrategia acusatoria, queda desacreditado por la Audiencia. El tribunal subraya que este documento, aportado por la parte querellante en octubre de 2019, se elaboró únicamente a partir de la denuncia interna recibida en Abengoa en 2016, el análisis parcial de correos electrónicos y entrevistas con el equipo de auditoría interna. No tuvo en cuenta la documentación esencial sobre la gestión presupuestaria de los proyectos, carece de juramento y no detalla la cualificación profesional de sus autores, lo que facilita sesgos en sus conclusiones. La Sala concluye que “no puede considerarse que arroje unas conclusiones serias y rigurosas”, frente al peritaje judicial de Auren, realizado con toda la información y bajo juramento, que descarta cualquier indicio de criminalidad.
El “AVE del Desierto”
El proyecto Meca-Medina fue uno de los mayores contratos internacionales adjudicados a empresas españolas. En octubre de 2011, un consorcio liderado por compañías nacionales —Talgo, Renfe, Adif, Inabensa (Abengoa), OHL, Copasa, Cobra, Indra, Dimetronic e Ineco— junto a firmas saudíes, consiguió la adjudicación de un contrato valorado en más de 6.700 millones de euros.
El contrato comprendía la construcción de unos 450 kilómetros de vía, la instalación de sistemas de señalización, electrificación y seguridad, y el suministro de 36 trenes de alta velocidad, además del mantenimiento durante doce años. El proyecto, conocido como el “tren de los peregrinos”, uniría La Meca y Medina en menos de dos horas y media, transportando a unos 2,5 millones de fieles al año.
Este contrato supuso el mayor concurso ganado por empresas españolas hasta la fecha, reforzando su posicionamiento en el Golfo Pérsico y consolidando la marca Alta Velocidad Española. Sin embargo, el proyecto acumuló retrasos y tensiones financieras: en 2016, el consorcio recibió 14 meses adicionales al plazo inicial y afrontó demoras en los pagos por parte de las autoridades saudíes, que también solicitaron adelantar la puesta en servicio de un tramo.
Argumentos de la acusación, sin efecto
La Asociación de Perjudicados de Abengoa solicitó la práctica de nuevas diligencias, incluida la declaración de los querellados y la realización de otra pericia. La Audiencia rechazó estas pretensiones por improcedentes, señalando que no se puede mantener una causa penal sin indicios objetivos y que los testimonios no aportaron información técnica relevante.
El tribunal recuerda que la instrucción no puede prolongarse indefinidamente y que el derecho a la tutela judicial efectiva no implica un derecho incondicionado a agotar todas las diligencias, sino a obtener una resolución motivada, como ocurre en este caso.
La resolución libera definitivamente a Abengoa y a sus directivos de cualquier responsabilidad penal. La Audiencia insiste en que no se puede sostener una imputación sobre meras sospechas ni sobre pruebas sin rigor técnico, especialmente cuando un peritaje judicial descarta cualquier irregularidad contable. La causa queda archivada de manera firme.
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