Competencia multa con cerca de tres millones a cuatro agencias de viajes por repartirse contratos del Banco de España y la Complutense

Las empresas sancionadas son Nautalia, Viajes El Corte Inglés, Ávoris e IAG7

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La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández. / M. G.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un total de 2,91 millones a cuatro agencias de viajes que "manipularon" contratos convocados por el Banco de España y la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en 2021 y 2022, según un comunicado.

En concreto, el organismo regulador ha sancionado a Nautalia Viajes, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail División por repartirse un contrato del Banco de España y otro de la UCM, acarreando en sanciones de 850.000, 690.000 y 740.000 euros, respectivamente.

Por su parte, la compañía IAG7 Viajes ha sido multada con 630.000 euros solo por el primer caso.

Además, Competencia, que inició este expediente en diciembre de 2023 e inspeccionó las sedes de varias empresas, ha impuesto la prohibición de participar en concursos públicos durante seis meses a Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail, y durante tres meses a IAG7. Es la cuarta resolución en la que la CNMC fija directamente el alcance y duración de la prohibición de contratar.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Cronología de los repartos

Según explica la CNMC, entre el 21 y el 25 de octubre de 2021, IAG7, Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail acordaron no presentarse a una licitación del Banco de España para prestar servicios de agencia de viajes integrados de forma fija en su oficina, con el fin de que quedara desierta y se volviera a convocar con mejores condiciones.

Asimismo, entre el 3 y el 31 de octubre de 2022, Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail acordaron repartirse de forma rotatoria los encargos del personal de la Universidad Complutense, con lo que, cuando esta publicaba una solicitud de viaje y/o alojamiento recibía solamente una oferta en vez de tres, lo que disminuyó "tanto las opciones de los usuarios como los incentivos de las agencias para competir", explica la nota del organismo. 

"Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea", ha señalado desde Competencia.

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