Un juzgado de Barcelona condena a Glovo por mantener en situación irregular a 3.572 repartidores
La sentencia obliga a la plataforma a regularizar a trabajadores que operaron como falsos autónomos entre 2015 y 2018
CCOO urge a resolver "cuanto antes" la tramitación de la reducción de jornada, "sea para bien o para mal"

El Juzgado de lo Social número 11 de Barcelona ha dictado la mayor sentencia hasta la fecha contra Glovo por su modelo de contratación irregular. La resolución judicial determina que 3.572 repartidores de la capital catalana mantuvieron una relación laboral encubierta con la empresa de reparto de comida entre 2015 y 2018, cuando oficialmente trabajaban como autónomos.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, supone un respaldo judicial a las actuaciones de la Inspección de Trabajo, que ya había detectado estas irregularidades en 2019. Según el colectivo Riders x Derechos, se trata de la mayor causa judicial a la que se había enfrentado la plataforma de las mochilas amarillas.
El fraude de los falsos autónomos
El tribunal ha basado su decisión en que Glovo "presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación del servicio y es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad". Los repartidores, según la sentencia, no disponían de organización empresarial propia, sino que estaban "insertados" dentro de la estructura de la compañía.
La resolución judicial detalla varios indicadores que demuestran la existencia de una relación laboral encubierta:
- Glovo controlaba por geolocalización a los repartidores y les ofrecía instrucciones "precisas" sobre el servicio
- La empresa fijaba el precio del servicio y la forma de pago, sin que los trabajadores pudieran negociar condiciones
- Los riders no recibían el pago directamente de los clientes
- La plataforma facilitaba adelantos de hasta 100 euros para compras a nombre del cliente
- Los motivos de desvinculación coincidían con "los supuestos de despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto de Trabajadores"
Respecto a la supuesta libertad horaria, el juez considera que estaba "claramente condicionada y limitada". Los repartidores podían fijar horarios, pero con el riesgo de sufrir penalizaciones en el sistema de puntuación, lo que les obligaba a estar disponibles "el mayor tiempo posible para maximizar sus oportunidades de ingresos".
Un modelo extendido en la economía de plataformas
El caso de Glovo no es aislado en el sector de las plataformas digitales. Muchas empresas tecnológicas han adoptado el modelo de falsos autónomos como estrategia para reducir costes laborales y eludir responsabilidades empresariales. Esta práctica permite a las compañías evitar el pago de cotizaciones sociales, vacaciones, indemnizaciones por despido y otros derechos laborales básicos.
Las plataformas digitales argumentan que actúan como meros intermediarios tecnológicos entre proveedores de servicios independientes y clientes y, en el caso de Glovo, defiende que el modelo de autónomos es "el preferido por los repartidores". Sin embargo, los tribunales han venido desmontando esta teoría cuando existe un control efectivo sobre la actividad del trabajador, como ha ocurrido en el caso de Glovo.
Este modelo resulta especialmente atractivo para las empresas en sectores de alta rotación laboral y márgenes ajustados, como el reparto de comida, el transporte urbano o los servicios de limpieza y cuidados.
La Ley Riders
La proliferación de estos modelos fraudulentos llevó al Gobierno español a aprobar en mayo de 2021 la conocida como Ley Riders (Real Decreto-ley 9/2021), que modificó el Estatuto de los Trabajadores para abordar específicamente el trabajo en plataformas digitales.
La normativa establece una presunción legal de laboralidad para aquellas personas que prestan servicios retribuidos en el ámbito de una plataforma digital. Según la ley, existe una relación laboral cuando la actividad se desarrolla en el marco de organización y dirección de una empresa que ejerce las facultades empresariales de control, siendo especialmente relevante la gestión algorítmica del servicio o las condiciones de trabajo.
La Ley Riders también obliga a las empresas a informar a los representantes legales de los trabajadores sobre los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones laborales.
Consecuencias
La sentencia de Barcelona tendrá importantes consecuencias económicas para Glovo, que deberá sufragar al menos las cotizaciones sociales de los 3.572 trabajadores afectados por el fallo. Además, la Inspección de Trabajo podría imponer una multa adicional de aproximadamente 3,8 millones de euros.
Estos costes se suman a otras sanciones ya impuestas a la compañía. En 2022, la autoridad laboral de Barcelona sancionó a Glovo con 63,2 millones de euros por emplear a 8.331 falsos autónomos. A nivel nacional, las sanciones acumuladas por Inspección superan los 253 millones de euros.
Ante esta presión judicial y administrativa, Glovo ha anunciado un cambio de modelo laboral. En junio, el fundador de la empresa, Oscar Pierre, manifestó su intención de contratar a todos los repartidores como empleados a partir del 1 de julio. Sin embargo, hasta el momento solo un 16% de los riders han pasado a trabajar directamente para la compañía, mientras que paralelamente la empresa ha comenzado a subcontratar flotas externas.
Precedente para el sector
Esta sentencia sienta un importante precedente para otras plataformas digitales que operan con modelos similares. Los tribunales españoles han mostrado una línea jurisprudencial consistente en la detección y sanción de relaciones laborales encubiertas en el sector tecnológico.
El caso también ilustra los largos plazos de la justicia española: los hechos sancionados ocurrieron entre 2015 y 2018, pero la sentencia se ha dictado en 2025, seis años después de que la Inspección de Trabajo detectara las irregularidades.
Para los trabajadores del sector, esta resolución refuerza la protección legal frente a modelos empresariales que utilizan la innovación tecnológica para eludir la legislación laboral. La combinación de la Ley Riders y esta jurisprudencia consolidada está forzando una transformación estructural en el modelo de negocio de las plataformas digitales españolas.
Otros casos abiertos
Esta sentencia se ha conocido el mismo día en que quedaba visto para sentencia el juicio por competencia desleal que Just Eat había interpuesto contra la plataforma catalana. La demanda de su competidor se basa precisamente en que el uso de falsos autónomos constituía una ventaja competitiva desleal frente a empresas que sí respetaban la legislación laboral.
Esta coincidencia temporal subraya la presión judicial múltiple a la que se enfrenta Glovo. Mientras los tribunales laborales confirman las irregularidades en su modelo de contratación, los tribunales mercantiles analizan si estas mismas prácticas constituyeron competencia desleal en el mercado del reparto de comida.
El resultado de ambos procesos judiciales podría marcar definitivamente el futuro no solo de Glovo, sino del conjunto del sector de las plataformas de reparto en España, estableciendo tanto las consecuencias laborales como las mercantiles de operar con modelos de falsos autónomos.
Glovo: Una empresa catalana en manos alemanas
El propietario mayoritario de Glovo es la empresa alemana Delivery Hero, que posee el 94% de las acciones de la plataforma española desde 2021. Esta operación valoró a Glovo en 2.300 millones de euros y convirtió a la compañía alemana, con sede en Berlín, en el dueño de facto de la aplicación de reparto a domicilio.
Glovo mantiene su sede central en Barcelona, ciudad donde se fundó en 2015. La empresa opera desde el distrito tecnológico 22@ de la capital catalana, aunque recientemente ha tenido que hacer ajustes en sus instalaciones debido a dificultades económicas. En octubre de 2023, Glovo puso en alquiler 7.500 metros cuadrados de su sede central barcelonesa, después de un ERE que supuso la salida de 140 trabajadores. El edificio donde tiene su sede, adquirido por 220 millones de euros, es propiedad de la socimi GMP.
La relación entre ambas empresas ha sido progresiva. Delivery Hero ya era el primer accionista de Glovo antes de la compra definitiva, con alrededor del 44% de las acciones. La empresa alemana también había adquirido previamente las operaciones de Glovo en América Latina por 230 millones de euros en 2020.
Actualmente, Glovo atraviesa un momento de transformación tras verse obligada a cambiar su modelo laboral en España, contratando a sus repartidores como empleados en lugar de autónomos.
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