El Gobierno aprueba un decreto para topar precios en caso de situaciones de emergencia

La medida busca proteger a los consumidores ante abusos como los ocurridos tras el accidente de tren en Adamuz, que disparó el coste de los billetes de avión

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Un agente de la Guardia Civil en el siniestro ferroviario ocurrido en Adamuz (Córdoba)
Un agente de la Guardia Civil en el siniestro ferroviario ocurrido en Adamuz (Córdoba) / Jorge Zapata
Agencias

Madrid, 10 de febrero 2026 - 17:51

El Consejo de Ministros ha aprobado un decreto ley para topar los precios de servicios o productos cuando se produzcan situaciones de emergencia con el fin de evitar subidas abusivas para los consumidores.

La nueva normativa, que deberá ser tramitada por el Parlamento, es para situaciones excepcionales donde se puede ver alterada la oferta y la demanda, y plantea prohibir subidas de los precios para que no superen el máximo que hayan tenido los últimos 30 días ni en un 50 % el promedio de ese periodo.

Con esta medida se busca proteger a los consumidores ante los abusos que se han denunciado tras situaciones excepcionales, como la ocurrida tras el accidente de tren en Adamuz (Córdoba), que causó un aumento de precios en las aerolíneas, o tras los incendios del pasado verano o la dana de Valencia.

Las situaciones en las que se podrán topar los precios serán aquellas declaradas como de emergencia de protección civil y otras que determine el Consejo de Ministros.

El decreto ley, elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y habilita al Gobierno para obligar a los comercializadores a informar al consumidor sobre el precio medio y máximo ofertado en, al menos, los 30 días previos a la situación de emergencia.

La norma también incorpora criterios de flexibilidad para no tensionar la oferta.

En este sentido, permitirá incrementos del precio solo cuando estén objetivamente justificados por un aumento acreditable de costes o si éstos son necesarios para introducir nueva oferta que mitigue la escasez y siempre y cuando esto no suponga un aumento de márgenes para el operador.

Para bienes o servicios con marcada estacionalidad se puede tomar como referencia el precio del mismo periodo del año anterior, actualizado conforme al IPC.

Con esta ley, los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier importe cobrado en exceso sobre el precio máximo aplicable, sin perjuicio de aplicarse un régimen sancionador.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha recalcado, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que se trata de "impedir que se pueda hacer caja en situaciones que explotan la vulnerabilidad de la ciudadanía", como ocurrió tras el accidente ferroviario de Adamuz, el pasado 18 de enero, con incrementos "desproporcionados o abusivos" de precios en transportes alternativos.

Mercado "sin escrúpulos"

"Estos incrementos no se deben a un incremento de costes operativos o de funcionamiento sino para extraer el mayor beneficio posible a costa de la ciudadanía", ha dicho Bustinduy, que ha criticado que en ocasiones el mercado funcione "sin escrúpulos", "a libre albedrío y desprovisto del interés común o general".

La limitación de precios se podrá activar bien junto a una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, o en otros supuestos como accidente, emergencia técnica, fuerza mayor u otras circunstancias sobrevenidas no imputables a las personas usuarias.

Estas situaciones se determinarán mediante Acuerdo del Consejo de Ministros que además deberá precisar, como mínimo, una fecha de inicio y fin para los servicios o productos afectados, y la referencia aplicable para limitar precios.

Este decreto ley complementa la modificación que se hizo tras la dana a la ley de consumidores y que afectó a los precios de vehículos VTC o el alquiler de un alojamiento de forma 'online'. 

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