Estas son las condiciones que deben incluir los contratos de alquiler de viviendas a estudiantes
Comienza a funcionar Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un sistema digital obligatorio para registrar propiedades que se destinen a alquileres de temporada o de corta duración
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Se aproxima el inicio de un nuevo curso académico y son muchos los y las estudiantesuniversitarios que buscan la vivienda donde residir durante el tiempo que se prologuensus estudios. Existe una modalidad particular de alquiler para estos casos (estudios, vacaciones,trabajo temporal, etc.), que es el arrendamiento por temporada. Se diferencian de los habituales alquileres de vivienda en que no se establece un límite máximo o mínimode duración del contrato, sino que se consensúa entre las partes arrendadora yarrendataria una duración específica, que normalmente se corresponde con laduración del curso de estudios.
Al ser el aspecto más característico de los alquileres por temporada, la duración debequedar reflejada claramente en el contrato que se firme, donde también debeespecificarse que no se busca la ocupación indefinida del inmueble o destinarlo avivienda habitual. En este documento, debe constar además el domicilio habitual de lapersona que alquila la vivienda y la dirección de su empadronamiento, además de ladescripción del motivo del alquiler temporal, según advierte la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
La Dirección General de Consumo de la Junta de andalucía recomienda que la persona usuaria realice una búsqueda lo más completa posible, valorando los diferentes precios, recabando lamáxima información sobre la vivienda, con visita incluida (ubicación, habitaciones,mobiliario, cocina, enseres, suministros dados de alta, estado general del inmueble,etc.). Si se observara un precio desproporcionadamente bajo, debemos sospechar, ya que podrían ocultarse desperfectos en la vivienda o tratarse de una estafa.
El pasado 1 de julio, entró en vigor la normativa que regula el Registro Único dearrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, un marco regulador que busca aumentar la seguridad, transparencia y claridad en los contratos de ete tipo de arrendamientos.
Con la puesta en marcha de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, se crea un sistema digital obligatorio para registrar propiedades que se destinen a alquileres de temporada o de corta duración –además de viviendas de uso turístico–, de forma quese garantice que las personas propietarias cumplan con las obligaciones fiscales yadministrativas que exige el sector. Se puede obtener el número de registro a travésdel Colegio de Registradores.
La persona arrendataria acordará con la arrendadora el precio del alquiler, y ademáspodrán pactar cualquier tipo de garantía adicional. Es fundamental conservar cada unode los recibos o justificante de pago en concepto de renta. Si la formalización del contrato fuera a través de una empresa de arrendamiento, comouna empresa inmobiliaria, la persona arrendataria tiene derecho a que se le entregueuna copia del Documento Informativo Abreviado de la vivienda.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece para los alquileres temporales(uso distinto al de vivienda habitual) que la fianza sea de dos meses de renta. Es aconsejable que la persona usuaria se asegure de que se deposite fianza en elcorrespondiente organismo de la Administración Autonómica. En Andalucía, la Agenciade Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) es el ente instrumental de laConsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y se encarga de lagestión en esta materia.
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a laspersonas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder através del número de teléfono gratuito 900 21 50 80, y del correoconsumoresponde@juntadeandalucia.es, ambos en horario de atención de 8 a 20horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados (salvo festivos); así como através de la página web https://www.consumoresponde.es,y de los perfiles de X(@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram(@consumoresponde).También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo delas delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC),y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.
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