Consumo incoa un sexto expediente sancionador contra una aerolínea 'low cost' por el cobro del equipaje de mano

El procedimiento se suma a los ya resueltos con multas de 179 millones para Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea

La Justicia mantiene la suspensión cautelar de las sanciones, aunque con la imposición de avales bancarios, a tres de estas compañías que las recurrieron

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Pasajeros con sus equipajes en el aeropuerto de Málaga. / Javier Albiñana

Madrid/El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha incoado un nuevo expediente sancionador contra una aerolínea ‘low cost’ por posibles prácticas abusivas, entre ellas, el cobro por el equipaje de mano o sobrecostes por la reserva de asientos contiguos para menores o personas dependientes.

Se trata del sexto expediente incoado contra una compañía áerea de bajo coste por Consumo, que dispondrá ahora de nueve meses de plazo para su instrucción y resolución. El Ministerio no podrá desvelar hasta entonces el nombre de la aerolínea investigada ni del importe de la multa con la que podría ser sancionada.

La multa se calcula en base a los beneficios "ilícitos" obtenidos por estas prácticas, que pueden ser castigadas con entre 100.001 y 1 millón de euros o con hasta entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido en el caso de considerarse "infracciones muy graves".

Este sexto expediente se suma a los ya resueltos con multas por un importe total de 179 millones de euros contra Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea.

El grueso de la sanción recayó sobre Ryanair, con casi 107,8 millones de euros, seguida de Vueling, con 39,3 millones; Easyjet, con 29,1 millones; Norwegian, con 1,6 millones; y Volotea con cerca de 1,2 millones.

Como en los casos anteriores, el nuevo procedimiento se basa en la legislación española y en la jurisprudencia europea , como la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarioso la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea. A nivel europeo, también se fundamenta sobre una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2014, conocida como la 'sentencia Vueling'.

Ésta prohíbe a las aerolíneas imponer cargos adicionales por llevar equipaje de mano, ya que lo considera "un elemento indispensable del transporte de los pasajeros", siempre y cuando responda a las exigencias razonables relativas a su peso y dimensiones y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables.

Por otra parte, considera que, a diferencia de un equipaje facturado, el de mano es de la exclusiva responsabilidad del pasajero y no implica coste alguno ligado a su facturación, seguimiento y almacenamiento.

Esta sentencia fue, además, avalada por el Parlamento Europeo el 4 de octubre de 2023, con la aprobación de una resolución para instar a los estados miembros a garantizar el acatamiento y respeto a este dictamen judicial.

Además del pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina y por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes, entre las posibles prácticas abusivas investigadas también figuran omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas y la toma de decisión por los consumidores.

Suspensión cautelar

El Gobierno español fue el primero de Europa que impuso sanciones por este tipo de prácticas abusivas cuando el 22 de noviembre de 2024 Bustinduy firmó las órdenes con las que se formalizaron las multas a las cinco compañías citadas, cerrando así los expedientes abiertos en junio de 2023.

Dichas sanciones, actualmente recurridas ante la justicia por parte de las aerolíneas, incluyen la prohibición expresa de continuar con las prácticas sancionadas.

Sin embargo, el pasado 26 de junio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) suspendió cautelarmente, a petición de Ryanair y Norwegian, las sanciones de Consumo, aunque les impuso avales bancarios que llegan a los 110 millones de euros. El mismo tribunal hizo lo propio con la sanción impuesta a Vueling.

En paralelo, el pasado 5 de junio, el Consejo de la Unión Europea, bajo presidencia polaca, fijó su posición sobre la propuesta de la CE para actualizar la normativa comunitaria sobre retrasos y cancelaciones de vuelo y, dentro de la misma, se incluyó legalizar el cobro el equipaje de mano, propuesta que salió adelante por la mínima.

Se necesitaba una mayoría cualificada del 65% y se aprobó con el 65,57% y el voto en contra de países como España, Alemania, Estonia y Portugal, y del posicionamiento en contra de países como Francia.

No obstante, el 24 de junio, la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo votó por amplia mayoría (38 votos a favor de 42) estandarizar las medidas de los bultos que se puedan llevar en cabina, ratificando que el cobro por el equipaje de mano es una práctica ilegal.

Fuentes de Consumo han explicado que, si en el futuro cambiara la normativa, no tendría una afectación directa a la tramitación ni a la resolución vía judicial de los expedientes actuales ni al que se incoa ahora que se hacen sobre la base de la normativa vigente en el momento en el que se han acreditado los hechos.

Las aerolíneas alegan que las maletas “no caben”

El cobro por el equipaje de mano ha suscitado debates desde que Ryanair lo introdujo en 2019. La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) defiende que "perfectamente legal" según el reglamento europeo y que, además, permite a los pasajeros pagar "únicamente por aquellos servicios que precisa", además de alegar que los aviones más modernos no tienen espacio para albergar maletas de cada uno de los pasajeros.

Asimismo, recuerda que todas las aerolíneas permiten volar de manera gratuita con un bulto que quepa debajo del asiento y que en España existe "jurisprudencia contradictoria" contra esta práctica, con más de 40 sentencias dictaminadas que la amparan.

Bustinduy asegura que "nadie está por encima de la ley"

El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha reiterado este jueves la posición de su departamento tras el anuncio de la apertura de un nuevo expediente sancionador contra una sexta aerolínea 'low cost' por posibles prácticas abusivas. "Nadie está por encima de la ley", ha subrayado, al tiempo que ha defendido que "siempre" defenderá a los consumidores "donde y contra quien haga falta".

En declaraciones a los medios en el marco de la IV Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo de Naciones Unidas, en Sevilla, el ministro ha explicado que los nombres de las compañías que son objeto de estos procedimientos no se puede hacer públicos por "la normativa que sigue el Ministerio".

"Forma parte del conjunto de garantías que dentro de un Estado de Derecho tiene cualquier empresa que también tiene el derecho a recurrir como no podría ser de otra manera y a defender sus posiciones y sus argumentos", ha asegurado.

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