La jueza autoriza la venta de la unidad productiva de La Cartuja Pickman a Javier Targhetta por 225.000 euros
Declara en un auto la sucesión de empresa limitada a 30 trabajadores, excluye pasivos anteriores y avala el proyecto industrial frente a una liquidación por piezas
La decisión del juzgado avala la recomendación del administrador concursal
La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha autorizado la venta de la unidad productiva de Ultralta, la empresa propietaria de la histórica fábrica de loza La Cartuja Pickman, al empresario Javier Targhetta Roza. El juzgado avala así la propuesta seleccionada previamente por la administración concursal y la considera la más beneficiosa para el interés del concurso, tanto desde el punto de vista económico como por su impacto sobre el empleo y la continuidad industrial.
El auto, dictado este jueves por la magistrada Ana Marín Herrero, fija un precio de 225.000 euros y declara expresamente la existencia de sucesión de empresa, aunque con un perímetro laboral estrictamente delimitado. El adquirente se subrogará en 30 de los 36 trabajadores de la plantilla, mientras que las relaciones laborales restantes ya fueron extinguidas con carácter previo por la administración concursal.
La resolución subraya que la alternativa de una liquidación fragmentada apenas mejoraría el retorno económico para los acreedores, pero destruiría empleo y valor industrial, lo que justifica la preferencia por la transmisión de la unidad productiva como conjunto en funcionamiento.
Un proceso competitivo con una sola oferta válida
La autorización judicial pone fin a un procedimiento tramitado conforme al artículo 518 del Texto Refundido de la Ley Concursal. Tras la apertura de un plazo para la mejora de ofertas, solo Javier Targhetta formalizó una propuesta mejorada dentro del término establecido. La oferta presentada por Porcelanas de Levante Siglo XXI no fue ratificada ni mejorada y, por tanto, el juzgado la declara expresamente decaída a todos los efectos.
La magistrada señala que la valoración debía circunscribirse únicamente a la oferta válida y constata que esta fue informada favorablemente por la administración concursal. Según dicho informe, la propuesta resulta adecuada para los intereses del concurso y garantiza una mayor estabilidad futura que la venta aislada de activos.
El auto da por cumplidos los principios de publicidad, concurrencia y audiencia, tras haberse dado traslado del expediente a los acreedores personados y a los representantes de los trabajadores. La Tesorería General de la Seguridad Social y el comité de empresa formularon alegaciones, todas ellas incorporadas al procedimiento antes de la resolución.
El juzgado destaca que no se recibió ninguna oferta en la primera fase del plan de liquidación, y que incluso en una eventual segunda fase el ingreso adicional sería limitado y claramente insuficiente para compensar la pérdida del empleo subrogado.
Sucesión de empresa con perímetro laboral cerrado
Uno de los elementos centrales del auto es la delimitación precisa del perímetro laboral. Conforme a los artículos 221 y 224 del Texto Refundido de la Ley Concursal, el juzgado declara la sucesión de empresa únicamente respecto de los 30 trabajadores incluidos en la oferta autorizada.
Con carácter previo a la transmisión, la administración concursal extinguió los contratos de los 6 trabajadores no integrados en la unidad productiva. Estas extinciones no alcanzaron los umbrales legales que obligan a tramitar un despido colectivo, por lo que no fue necesario acudir al procedimiento previsto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
La magistrada enfatiza que esta delimitación evita cualquier proyección futura de pasivos laborales sobre el adquirente fuera de lo expresamente asumido. El auto declara además que el comprador no se subroga en salarios ni indemnizaciones impagadas anteriores en la parte que deba asumir el Fondo de Garantía Salarial.
Tampoco se transmite ninguna deuda tributaria anterior ni otros pasivos concursales o contra la masa, salvo aquellos compromisos recogidos de forma expresa en la oferta o impuestos directamente por la ley. El objetivo, según recoge la resolución, es dotar de plena seguridad jurídica a la operación y hacer viable la continuidad de la actividad.
El fallo cierra de forma expresa cualquier contingencia laboral o económica ajena a la unidad productiva transmitida, uno de los aspectos clave para la ejecución del proyecto industrial.
El juzgado asume el criterio previo de la administración concursal
La decisión judicial llega después de que la administración concursal de Ultralta ya hubiera trasladado al Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Sevilla que la oferta de Javier Targhetta era la mejor de las presentadas. En ese informe, adelantado por El Conciso, los administradores concursales ponían el acento en la continuidad de una actividad industrial con casi 200 años de historia y en la preservación de la mayoría del empleo.
La administración concursal subrayaba que la propuesta de Targhetta encajaba con la finalidad de la legislación concursal de preservar tejido industrial y ofrecía un escenario más favorable para la masa pasiva del concurso que una liquidación por piezas. Ese razonamiento es asumido ahora por el juzgado, que lo incorpora de forma expresa a los fundamentos jurídicos del auto.
El respaldo de los representantes de los trabajadores también fue determinante. El comité de empresa mostró su apoyo a la oferta mejorada, destacando que la salida de los trabajadores no subrogados se producía por criterios objetivos y, en varios casos, vinculados a procesos de jubilación parcial.
Con esta resolución, el juzgado autoriza a la administración concursal a formalizar la transmisión y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para su ejecución. El auto es recurrible en reposición, aunque se ejecutará de forma inmediata, despejando así uno de los procesos concursales industriales más relevantes de los últimos años en Sevilla.
Los planes de los adjudicatarios
Los nuevos propietarios, el grupo formado por Gabriela y Paola Luksic y Javier Targhetta, destacaron tras la adjudicación el papel desempeñado por la Junta de Andalucía, en particular a través de las consejerías de Industria y de Empleo, cuya actuación consideran clave para trasladar a los inversores las ventajas competitivas del territorio y acelerar la consolidación del proyecto. También subrayan la colaboración de la administración concursal y de los representantes de los trabajadores, a quienes reconocen un papel decisivo en la construcción de una solución consensuada.
El grupo inversor trabaja ya en un plan integral de relanzamiento que contempla, a corto plazo, la incorporación de perfiles directivos en áreas estratégicas, así como inversiones en una infraestructura industrial moderna, eficiente y sostenible. La hoja de ruta incluye también el refuerzo de las áreas de marketing e internacionalización, con el objetivo de potenciar el valor de los diseños y la proyección exterior de La Cartuja Pickman.
En este contexto, Targhetta destaca la implicación de la plantilla y el conocimiento acumulado por los trabajadores de la fábrica, que considera esenciales para devolver a la compañía una posición de referencia. El proyecto, subraya, se concibe como un esfuerzo colectivo de largo recorrido en el que deben implicarse inversores, empleados, clientes y administraciones públicas.
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