El Consejo de Europa falla contra España por las condiciones del despido improcedente

En un dictamen, solicita que los tribunales españoles puedan evaluar y decidir la readmisión de un trabajador, en consultas con el interesado, y confirma que el techo de la compensación actual no permite siempre indemnizar el daño causado.

Unai Sordo, que califica de "histórica" la resolución, emplaza a la patronal a negociar y Yolanda Díaz confirma que abrirá una mesa de diálogo social

CCOO urge a resolver "cuanto antes" la tramitación de la reducción de jornada, "sea para bien o para mal"

Consejo de Europa

El Consejo de Europa quiere que los tribunales españoles puedan evaluar y decidir la readmisión de un trabajador, en consultas con el interesado, en caso de despido improcedente y confirma que el techo de la compensación actual no permite siempre indemnizar el daño causado.

En un dictamen publicado este viernes, el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) también considera que España incumple sus obligaciones en lo que respecta a las indemnizaciones por despido improcedente de los trabajadores con empleos temporales, pero por las mismas razones por las que los incumple para los fijos, es decir, que hay un tope que no se puede superar salvo en casos excepcionales.

Este dictamen es consecuencia de una demanda que presentó ante el CEDS Comisiones Obreras (CCOO) en noviembre de 2022 y reafirma uno relativamente parecido de julio de 2024 por otro procedimiento de la Unión General de Trabajadores (UGT) con el que también se había constatado que España infringía el artículo 24.b de la Carta Europea de Derechos Sociales.

Los expertos europeos dan la razón a CCOO en primer lugar porque los tribunales en España no pueden optar por la readmisión de un trabajador como la solución más adecuada en un despido improcedente, sino que sólo se aplica cuando ese despido se declara nulo o cuando el empleado ejerce una representación laboral.

A ese respecto, recuerda que la readmisión tiene que ser una de las posibilidades que puedan barajar los jueces como remedio cuando se concluye un contrato sin una razón válida. Eso supone el reconocimiento de la importancia de que el asalariado vuelva a su puesto en una situación al menos igual de favorable que la que tenía anteriormente.

El tope máximo de la indemnización

El segundo punto de la decisión actual, que coincide con la que adoptó el CEDS por la denuncia de UGT, es que la existencia de un tope en la indemnización por despido "es en principio contrario" al artículo 24.b. Porque pueden no cubrir la totalidad de los daños sufridos ni ser suficientemente disuasorias para que una empresa despida a los trabajadores sin motivo válido.

En todo caso, si ese techo fuera una compensación económica, la víctima tendría que poder obtener otras compensaciones no pecuniarias por diferentes vías legales, y eso en un plazo razonable.

Este órgano del Consejo de Europa recuerda que en el caso de España la indemnización máxima es de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.

Rechaza las alegaciones del Gobierno de que el objetivo de esos topes es ofrecer certidumbre legal a ambas partes porque en la práctica conocer esa compensación puede ser un incentivo para que las empresas despidan a trabajadores de forma irregular teniendo en cuenta una relación costo-beneficio.

Además, hace notar que en la práctica los tribunales rechazan las demandas para una compensación adicional, que podrían ampararse en el Código Civil, y que podrían responder a una indemnización de daños basados en la situación personal e individual del trabajador, que habría de ser el principio de base, según la carta europea. De ahí su conclusión de que los techos fijados por la legislación "no son suficientemente altos para compensar el daño sufrido por la víctima en todos los casos y para ser disuasoria para el empleador".

Sobre los trabajadores con empleos temporales, el CEDS da la razón, pero sólo parcialmente, a CCOO, que se quejaba que en el caso de los que encadenan sucesivos contratos, en particular los fijos discontinuos en la Administración, su indemnización por despido es inferior precisamente por eso, de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 meses.

Los expertos europeos hacen notar que si se demuestra que esa fórmula de contratación es un fraude de ley, entonces pasan a ser considerados fijos y el despido se considera nulo, lo que tiene las mismas consecuencias que si fueran fijos. Simplemente, como para un trabajador temporal las disposiciones son las mismas y los límites máximos de compensación por despido improcedente no son suficientes para reparar el perjuicio sufrido en todos los casos y no son disuasorios para el trabajador, tendría que existir la posibilidad de una indemnización adicional y en la práctica esa posibilidad "es muy limitada".

Unai Sordo (CCOO): "Debe abrir una negociación tripartita"

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha calificado como "histórica" la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre el despido "desde el momento que cuestiona el modelo de despido y el régimen de despido en España" y ha señalado que el fallo debe abrir el camino a una negociación tripartita entre gobierno, sindicatos y patronal, con el objetivo de modificar el actual marco legal de despidos a través de un acuerdo consensuado.

Así lo ha señalado antes de clausurar el curso La crisis de las democracias y el auge de las extremas derechas: alternativas desde el sindicalismo, de los Cursos de Verano de la Olavide este viernes en Carmona (Sevilla).

Sordo ha subrayado que, si la patronal española se niega a participar en esa negociación, expondría a las empresas del país a "un riesgo de inseguridad jurídica de primer orden" y ha advertido que será la CEOE la que deberá valorar si desea llegar a ese escenario.

El sindicalista ha señalado que el modelo de despido en España no es compatible con la Carta Social Europea, suscrita por España. Ante esta situación, Sordo considera que existen dos posibles vías: "No hacer nada y dejar que la jurisprudencia vaya resolviendo los casos, o afrontar de manera madura una negociación tripartita para reformar el régimen de despido".

Díaz confirma que abrirá una mesa de diálogo social sobre el despido improcedente tras el fallo europeo

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha confirmado este viernes que abrirá una mesa de diálogo social para abordar la regulación del despido improcedente tras la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa.

En su cuenta de Bluesky, la ministra ha subrayado que el despido improcedente "tiene que cumplir la Carta Social Europea sin excusas", al tiempo que ha recordado que la reforma del despido forma parte del acuerdo de gobierno entre PSOE y Sumar. "Será una realidad", ha añadido Díaz.

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