El fino y la manzanilla ya son oficialmente 'vinos'

La Comisión Europea aprueba la incorporación a la categoría 'vino' junto a la de 'vino de licor' para los productos amparados por la DO Jerez

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Cata de vinos de Jerez

Los vinos del Marco de Jerez incorporan nuevos cambios en los pliegos de condiciones de las denominaciones de origen Jerez-Xéres-Sherry y Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda aprobadas por la Comisión Europea (CE) y publicadas este lunes en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), entre las que destaca la inclusión de productos amparados dentro de la categoría 'vino', que se suma así a la ya existente de 'vinos de licor' en la que se encasillaban hasta ahora todos los tipos de vinos de ambas DO.

Esta decisión, que llega tras un largo proceso burocrático, responde principalmente a la diferenciación entre los vinos de crianza biológica, el fino y la manzanilla, del resto de vinos protegidos tras la aprobación por parte de Bruselas de la bajada a menos de 15 grados de su contenido de alcohol, así como de la posibilidad de alcanzar esta graduación de forma natural, es decir, sin necesidad de fortificarlos.

La fortificación o encabezado es uno de los requisitos que establece la normativa comunitaria para los 'vinos de licor', que por norma general, tienen una graduación aclohólica no inferior al 17% vol., fruto de ese añadido de alcohol vínico al mosto base. En el caso del fino y la manzanilla, se da la circunstancia, además, de su escaso contenido de azúcar a diferencia de muchos de los 'vinos de licor'.

Junto la nueva categoría para los productos amparados por las denominaciones del Marco de Jerez, en las que a partir de ahora convivirán los 'vinos' y los 'vinos de licor', los otros cambios aprobados por la CE afectan a su definición, el uso de otros términos protegidos e incluso el nombre de la misma DO, en el caso de la manzanilla.

Ampliación de la zona de crianza del fino

Además, Bruselas reconoce al fin la extensión de la crianza del ‘fino’ a todas las localidades del Marco de Jerez, a excepción de Sanlúcar de Barrameda, donde el vino de crianza biológica bajo velo de flor debe obligatoriamente identificarse como ‘manzanilla’ en virtud del acuerdo sectorial alcanzado en mayo de 2021 por el que, entre otros avances, se ponía fin al ‘fino’ de Sanlúcar.

De este modo, y aunque esta medida hace tiempo que se aplica en la práctica, la CE establece que, además de Jerez y El Puerto de Santa María, reconocidas históricamente junto a Sanlúcar como la zona de crianza en exclusiva de los vinos amparados, los vinos protegidos del tipo ‘fino’ podrán envejecerse también en Trebujena, Chipiona, Rota, Puerto Real, Chiclana y Lebrija.

Por otra parte, se modifica la definición de ‘fino viejo’, incluyéndose la misma excepción sobre su envejecimiento, es decir, que también podrá ser criado en todas las localidades del Marco. Esta medida, encaminada a clarificar la clasificación y etiquetado de los vinos protegidos, establece para el ‘fino viejo’ un envejecimiento medio superior a siete años, similar al vigente para la ‘manzanilla pasada’.

Nueva definición del 'fino viejo' y regulación del término 'reserva'

Por otra parte, la CE acota el uso de la mención ‘reserva’ u otras similares para los vinos de ambas DO, que se empleará en vinos con un envejecimiento especialmente prolongado y sólo podrá utilizarse en el caso de la categoría ‘vino de licor’, es decir, en amontillado, olorosos...

En el caso de la categoría ‘vino’, Burselas avala su uso si esta mención forma parte de la marca registrada por la bodega, siempre y cuando el registro de la misma sea anterior a la primera publicación existente de regulación del término ‘reserva’.

Cambios en la denominación de la manzanilla

En cuanto a la DOP ‘Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda/Manzanilla’, pasan también a estar protegidos los términos ‘Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda’ y ‘Manzanilla de Sanlúcar’.

El objetivo de este cambio es atender a “una más clara reivindicación del origen del vino y ampliar las opciones para referirse a la denominación de origen con las usualmente empleadas en el lenguaje común, las cuales en su totalidad vinculan el nombre Manzanilla al origen geográfico”, según los reglamentos.

En este sentido, el nuevo pliego recalca que los vinos de crianza biológica elaborados en Sanlúcar de Barrameda, por las particulares condiciones agroclimáticas, tienen como resultado su especificidad, debidamente protegida por su propia DO.

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